Arrendamiento de un Local Comercial
A la hora de hacer un contrato de arrendamiento de un Local Comercial , la Ley dice que” es el distinto del de vivienda “ y se rige fundamentalmente por los pactos que libremente establezcan las partes y en lo no indicado en ellos por la LAU Titulo III y en ultima instancia por el Código Civil.
Si nos centramos en los pactos que habitualmente se pueden establecer en el contrato de arrendamiento de Locales Comerciales , son muy diversos , indicamos aquí los mas comunes , entendemos fundamentales , para ello.
Plazo del contrato
Derecho de Cesión del Local con pacto o no de incremento de renta por parte del propietario
Preaviso en caso de fin de contrato por cualquier causa
Derecho del propietario a entrar en el local con aviso previo
Cambio de actividad durante el periodo de duración del contrato
Derecho o no de adquisición preferente en caso de enajenación del Local
Derecho/Obligación de mantener la vigencia del contrato en todos sus términos en caso de venta del mismo
Derecho de inscripción en el Registro Mercantil
Clausula penal por incumplimiento de los plazos que se reflejen en el contrato
Y cualquier otra clausula que consideren las partes de común acuerdo
Consideramos que es mejor para los firmantes dejar bien establecidas los derechos y deberes para tener ,en el desarrollo de la actividad ,en el tiempo , mayor tranquilidad , siguiendo el cumplimiento de los mismos .
En GYH , preparamos y redactamos, los contratos de Cesión y de Arrendamiento para nuestros clientes , que nos hayan encargado la gestión de su Local .
Disponemos de decenas de Locales Comerciales de casi todas las Actividades y en la mayoría de las zonas de Madrid . Contáctenos .aqz.ehp@gmail.com //geyhache.com